De obligatorio cumplimiento: lo que debe saber para certificarse en bienestar animal
En la actualidad, Colombia cuenta con varias resoluciones que establecen los lineamientos en materia de bienestar animal.
María Eugenia Buitrago, profesional de programas sanitarios en la Subdirección de Salud y Bienestar Animal de Fedegán-FNG se dio a la tarea de explicar las más importantes.
La primera que mencionó es la que consigna el Manual de Condiciones de Bienestar Animal para bovinos, bufalina, aves de corral y animales acuáticos: la Resolución 253 expedida en octubre de 2020.
La funcionaria amplió que más recientemente se han expedido otras resoluciones que buscan dar lineamientos en otras áreas de la producción bovina:
Una de ellas es la Resolución 000366 de 2024 que se encarga de regular las condiciones de bienestar animal en zoocriaderos y eventos de concentración y exhibición de animales, como subastas, ferias, sitios donde se ofrecen animales para la venta y predios destinados a estas actividades.
“En esta se establece que todas las personas que manejen solo criaderos o los eventos de concentración y los de exhibición de animales deben cumplir con las competencias básicas de capacitación sobre bienestar animal y manejo de animales”, comentó.
De acuerdo con Buitrago, el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) tiene la responsabilidad de establecer el plan de capacitación para las personas encargadas del manejo animal, así como de determinar quiénes están autorizados para certificarlos.
“El ICA debe establecer la metodología para evaluar las condiciones de bienestar animal en esos sitios, de acuerdo con el manual que se adopta en la resolución, y debe hacer la vigilancia y control sobre el cumplimiento de las condiciones de bienestar animal”, añadió.
También explicó la Resolución 00016409 de 2024, norma que establece los requisitos para la certificación en bienestar animal en la producción primaria pecuaria y dicta disposiciones relacionadas con inspección, vigilancia y control.
“Está diseñada para que las personas que tengan animales y que quieran, voluntariamente, certificar sus predios pecuarios en bienestar animal, lo puedan hacer. Deben solicitar la visita para la evaluación de las condiciones establecidas en el manual que adoptó la Resolución 253 del 2020”, señaló la experta.
La Resolución Mintransporte e ICA 20223040006915 de 2022 es la tercera normativa reciente, que regula el transporte de animales en el país. Actualmente, hay un proyecto de resolución para ampliar el plazo de entrada en vigor de algunas de sus disposiciones, aunque aún no se ha hecho oficial.
“Como toda resolución, esta tiene una transitoriedad para su cumplimiento. En este caso, el plazo es de 36 meses a partir del 20 de diciembre de 2024”, detalló Buitrago. Lo anterior significa que las capacitaciones, evaluaciones e implementación de las disposiciones deben completarse antes de diciembre de 2027.
Logros de Colombia
De acuerdo con Edilberto Sierra Brito, subgerente de Protección Animal del ICA, uno de los grandes logros de 2024 en materia de bienestar animal fue haber expedido la Resolución 16409, pues “por primera vez certifica predios” que cumplen con los principios del cuidado de los semovientes.
“En Armenia lanzamos con nueve primeros predios y hoy tenemos 38 predios en menos de un mes, y más de 200 solicitudes”, informó en un balance hecho a principios de enero de este año.
También destacó que en noviembre del año pasado Colombia fue sede del primer taller sobre bienestar animal organizado en América por la Organización Mundial de Sanidad Animal (OMSA), un “hito” que consolida el liderazgo regional y mundial de nuestro país en la materia.
“Quizá a algunos nos gustan unos estándares muy altos en bienestar, quizás otros no crean en esos estándares pero sí nos sentamos a hablar, llegamos a unos acuerdos en los cuales el beneficio al final será para los mismos animales, la producción nacional y la seguridad alimentaria del país”, afirmó.